No: un banco peruano no debe descontar automáticamente 5% de los intereses de una cuenta de ahorro o un depósito a plazo perteneciente a una persona natural sin actividad empresarial. Esos intereses están exonerados del impuesto a la renta.
Esta exoneración está vigente solo hasta el 31 de diciembre de 2026. La prórroga actual del Artículo 19, inciso i, aparece en el caso práctico oficial de SUNAT sobre rentas de primera y segunda categoría. Para intereses generados desde 2027, será necesario revisar si una nueva norma extendió la exoneración antes de asumir el mismo tratamiento.
La base legal está en el Artículo 19, inciso i, de la Ley del Impuesto a la Renta. La norma señala que los intereses por depósitos e imposiciones realizados conforme a la Ley 26702 están exonerados, excepto cuando constituyen renta de tercera categoría. El Artículo 9, inciso b, del reglamento incluye expresamente los certificados bancarios y los incrementos de capital de los depósitos.
La confusión nace porque otras rentas de segunda categoría sí pueden tener una tasa efectiva de 5%. Pero esa regla no debe trasladarse a todos los intereses sin revisar primero su origen y quién los recibe.
La respuesta cambia según el origen del interés
La palabra “interés” reúne situaciones tributarias diferentes. Para saber si existe impuesto, no basta con mirar el porcentaje: hay que identificar de dónde proviene el rendimiento.
| Situación | Tratamiento general | Pregunta clave |
|---|---|---|
| Cuenta de ahorro de una persona natural | Intereses exonerados | ¿El depósito está en una entidad del sistema financiero? |
| Depósito a plazo de una persona natural | Intereses exonerados | ¿El rendimiento proviene del propio depósito? |
| Certificado bancario de una persona natural | Intereses exonerados | ¿Fue emitido por una entidad financiera comprendida en la norma? |
| Préstamo de dinero entre particulares | Puede generar renta de segunda categoría | ¿El interés proviene de prestar capital fuera de un depósito bancario? |
| Depósito vinculado a una empresa o actividad empresarial | Puede constituir renta de tercera categoría | ¿Quién obtiene el ingreso y en qué actividad lo genera? |
La tabla ofrece una orientación general. La condición fiscal del titular, el tipo de operación y la documentación pueden cambiar el análisis.
Qué ocurre con una cuenta de ahorro o un depósito a plazo
Para una persona natural que ahorra fuera de una actividad empresarial, los intereses de sus depósitos bancarios están exonerados. En consecuencia, no corresponde reducir la TEA publicada multiplicándola por 0.95 ni proyectar una deducción tributaria de 5% sobre el rendimiento.
Ejemplo práctico de un depósito
Supón un capital de S/ 10,000 que genera S/ 500 de intereses durante el plazo pactado. Si el titular es una persona natural sin negocio y el dinero está colocado en una entidad del sistema financiero:
- Capital: S/ 10,000
- Intereses generados: S/ 500
- Impuesto a la renta sobre esos intereses: S/ 0, por la exoneración indicada
- Total antes de considerar otras condiciones del producto: S/ 10,500
Esto no garantiza que el cliente siempre reciba exactamente esa cifra. Una cancelación anticipada, una tasa escalonada, gastos permitidos por contrato u otras condiciones comerciales pueden alterar el resultado. Para comparar productos, revisa la TREA, la hoja resumen y el contrato de la entidad.
Cuándo aparece la tasa de 5% en los intereses
La tasa efectiva de 5% suele asociarse a determinadas rentas de segunda categoría. Un caso distinto al ahorro bancario es el interés que una persona natural obtiene por prestar dinero a otra persona o empresa.
Ejemplo de un préstamo privado
Si una persona presta capital directamente y cobra intereses, ese ingreso no nace de mantener un depósito en una entidad financiera. Por ello, no se beneficia automáticamente de la exoneración aplicable a cuentas de ahorro, depósitos a plazo o certificados bancarios.
La forma de pago, la retención y la declaración dependen de quién paga el interés y de la situación tributaria de las partes. Antes de aplicar una tasa o presentar una declaración, conviene verificar el caso en SUNAT o con un profesional tributario. La diferencia esencial es esta:
Ahorrar en una entidad financiera no es lo mismo que prestar dinero por cuenta propia. El origen del interés determina el tratamiento tributario.
Personas naturales y empresas no reciben el mismo tratamiento
La exoneración del Artículo 19 contiene una excepción: no cubre los intereses que constituyen renta de tercera categoría. Esta distinción importa para empresas y para personas naturales que generan el ingreso dentro de una actividad empresarial.
- Persona natural sin negocio: los intereses de depósitos en el sistema financiero están, en general, dentro de la exoneración.
- Empresa o actividad empresarial: el interés puede formar parte de la renta de tercera categoría y requiere un análisis contable y tributario propio.
- Persona no domiciliada: puede estar sujeta a reglas diferentes; no debe asumir el tratamiento de una persona domiciliada.
Si el depósito pertenece a una empresa o está relacionado con un negocio, no uses el ejemplo de la persona natural como cálculo definitivo.
El ITF tampoco es una retención sobre tus intereses
El Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) grava determinadas operaciones realizadas mediante el sistema financiero. La orientación vigente de SUNAT sobre la tasa del ITF indica que su tasa es 0.005% del valor de cada operación afecta.
Por ejemplo, una operación gravada de S/ 1,000 generaría un ITF de S/ 0.05:
S/ 1,000 × 0.005% = S/ 0.05
El ITF se calcula sobre la operación gravada, no sobre los intereses obtenidos. Por eso, ver un pequeño cargo de ITF en el estado de cuenta no demuestra que el banco haya cobrado impuesto a la renta sobre el rendimiento del depósito.
Cómo revisar un descuento que no reconoces
Si el abono recibido es menor a tu cálculo, evita asumir de inmediato que se trata de un impuesto de 5%. Sigue estos pasos:
- Compara la tasa correcta. La TEA permite comparar rendimientos anuales, pero el resultado efectivo depende del plazo y de la forma de capitalización.
- Revisa la hoja resumen y el contrato. Busca reglas de saldo mínimo, tasa escalonada, cancelación anticipada y fechas de pago.
- Identifica el concepto del movimiento. Distingue entre interés abonado, ITF, comisión, penalidad o ajuste.
- Solicita el detalle a la entidad. Pide la fórmula, el periodo considerado y la base legal si figura una retención tributaria.
- Escala la consulta si corresponde. Para un caso tributario particular, consulta directamente a SUNAT o a un profesional.
Preguntas frecuentes sobre impuestos e intereses bancarios
¿El banco descuenta 5% de los intereses de una cuenta de ahorro?
No cuando se trata de intereses de un depósito en una entidad del sistema financiero perteneciente a una persona natural sin actividad empresarial. La exoneración actual rige hasta el 31 de diciembre de 2026; para periodos posteriores debe verificarse si fue prorrogada.
¿La exoneración alcanza a los depósitos a plazo en soles y dólares?
La norma define la exoneración por la naturaleza del depósito, no por su moneda. Deben cumplirse las demás condiciones legales y el ingreso no debe constituir renta de tercera categoría.
¿Debo declarar esos intereses exonerados?
Que un ingreso esté exonerado significa que no genera el impuesto descrito en este artículo. Sin embargo, una declaración puede depender del conjunto de obligaciones y rentas del contribuyente. Si presentas declaración anual por otros motivos, verifica las instrucciones vigentes de SUNAT para tu situación.
¿Qué hago si mi banco registró una “retención”?
Pide el nombre exacto del concepto, la base de cálculo y la norma aplicada. Puede tratarse de ITF, una condición contractual u otra operación distinta. Con esos datos podrás reclamar ante la entidad o consultar a SUNAT sin confundir conceptos.
Lo importante al proyectar el rendimiento de tu ahorro
Para una persona natural sin negocio, no reduzcas automáticamente en 5% los intereses esperados de una cuenta de ahorro o un depósito a plazo. Compara la TREA y las condiciones del producto, separa el ITF de cualquier impuesto a la renta y verifica quién obtiene el ingreso.
Esta guía explica el tratamiento general vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 y no sustituye una evaluación tributaria individual. Para periodos posteriores, verifica si la exoneración fue prorrogada. La norma y tu situación fiscal son las que determinan el resultado final.
Fuentes oficiales y alcance de esta validación
Fuentes primarias consultadas el 20 de julio de 2026:
| Fuente | Publicación o vigencia relevante | Alcance |
|---|---|---|
| SUNAT — Ley del Impuesto a la Renta, capítulo IV | El inciso i rige desde el 1 de enero de 2010; el Decreto Legislativo 1549 prorrogó el artículo 19 hasta el 31 de diciembre de 2026. | Exonera los intereses de depósitos e imposiciones bajo la Ley 26702, excepto cuando constituyen renta de tercera categoría. |
| SUNAT — Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, capítulo IV | Artículo 9.b vigente desde el 22 de enero de 2010. | Confirma que la exoneración comprende certificados bancarios e incrementos de capital de depósitos. |
| SBS — Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado, Resolución 3274-2017 | Publicada el 18 de agosto de 2017. | El artículo 14 define la TREA para comparar rendimiento y aclara que no incluye los tributos aplicables. |
| SUNAT — Tasa vigente del ITF | Página vigente consultada el 20 de julio de 2026; no muestra fecha de publicación. | Indica 0.005% sobre cada operación afecta. El ITF grava la operación y es distinto de una deducción de impuesto a la renta sobre los intereses. |
Conclusión de producto: estas fuentes no justifican una deducción universal predeterminada. ComparaBanca proyecta la ganancia bruta por defecto; una deducción solo puede modelarse mediante una entrada explícita del usuario. La herramienta no determina la situación tributaria individual ni ofrece asesoría tributaria.
Preguntas frecuentes
- ¿El banco descuenta 5% de los intereses de una cuenta de ahorro?
- No cuando los intereses corresponden a un depósito en una entidad del sistema financiero y pertenecen a una persona natural sin actividad empresarial. La exoneración actual rige hasta el 31 de diciembre de 2026; para periodos posteriores debe verificarse si fue prorrogada.
- ¿La exoneración también alcanza a un depósito a plazo?
- Sí, hasta el 31 de diciembre de 2026. La norma comprende los intereses por depósitos e imposiciones en entidades del sistema financiero, incluidos los certificados bancarios, salvo que constituyan renta de tercera categoría. Para periodos posteriores debe verificarse si la exoneración fue prorrogada.
- ¿El ITF es lo mismo que el impuesto sobre los intereses?
- No. El ITF grava determinadas operaciones bancarias a una tasa de 0.005% del importe de la operación; no es una retención de 5% sobre los intereses.



